domingo, 24 de mayo de 2009

Fiesta de fin de semestre

Instituto Estudiantil Mexicano de Derecho Familiar

AGRADECE


A todos los CC. distinguidos Alumnos de la Facultad de Derecho por haber asistido a la exitosa celebración de fin del semestre 2009-2 realizada el dia 19 de junio

Derecho Familiar
Julián Güitrón Fuentevilla
¡¡Última hora!!! El matrimonio no es un contrato (cuarta de varias partes)

Organización Editorial Mexicana
23 de noviembre de 2008

APORTACIÓN DE ALUMNOS DE LOS PROFESORES GERARDO SÁNCHEZ TRINIDAD Y ÁLVARO MOJICA CRISTÓBAL, DEL PRIMER SEMESTRE DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNAM En el Auditorio Gabino Fraga de la Facultad de Derecho de la UNAM, el miércoles 19 del presente mes, de las 18:00 a las 20:00 horas se llevó a efecto un acto académico inusual, con resultados extraordinarios que permiten tener la certidumbre de que la ciencia del Derecho avanza con paso firme y seguro en las mentes privilegiadas de quienes hoy integran la comunidad estudiantil de la UNAM. Con la participación de 13 alumnos del maestro citado, se hizo un análisis específico de cada uno de los elementos de la teoría general del contrato, aplicándolos al matrimonio, con el resultado obvio, evidente, elemental, de que eso no es posible. Se iniciaron las exposiciones -fijarse, bien distinguidos lectores, por alumnos del primer semestre- con el tema de la voluntad de los cónyuges, que sumadas, originan el consentimiento, aclarando los alumnos que ni la exteriorización ni la autonomía de la voluntad tienen cabida cuando se les pretende aplicar al matrimonio, porque éste es un acto jurídico solemne, no un contrato. Cuando se hizo referencia al objeto del contrato, y se mencionaron las características del mismo, diferenciando el directo del indirecto y que el objeto en el contrato debe ser posible física, jurídica y comercialmente, los alumnos demostraron palpablemente que en el matrimonio no hay objeto que esté en el comercio, no hay medida para el respeto o la fidelidad, no se pueden cuantificar las prestaciones de hacer o no hacer, y sobre todo, que siendo el matrimonio acto jurídico solemne y no contrato, tiene otro enfoque desde el punto de vista de la ley. Ni qué decir de la solemnidad, que como tal no existe para los contratos que regula el Derecho Civil mexicano; llevado esto al matrimonio, en éste sí, si no se celebra ante la presencia del juez del Registro Civil, no nacerá la unión matrimonial.

Al clausurarse este hecho único, ocurrido en la UNAM, que quien esto escribe tuvo el honor de presidir, se llegó a la conclusión de que estos jóvenes acababan de construir la teoría anticontrato del matrimonio. Con la simple comparación de lo que se requiere para un contrato y lo necesario para un matrimonio, lle gamos al final para subrayar que el matrimonio no es contrato, mucho menos el divorcio, y lo que debe quedar con toda claridad es que todos los contratos y convenios son actos jurídicos, pero no todos éstos son contratos o convenios. Por ello, debemos saber que el matrimonio es un acto jurídico solemne y no un contrato, y como éste encontraremos, por ejemplo, el testamento público abierto, que es un acto jurídico solemne y no un contrato. NOTA: Dado el interés que el Derecho Familiar tiene en los estudios de la Facultad de Derecho de la UNAM, la misma ha creado una Comisión de Estudios de Derecho Familiar, que en breve acudirá ante los órganos legislativos correspondientes a exponer sus diferentes argumentos y puntos de vista sobre el divorcio exprés. A iniciativa de estos jóvenes estudiantes y profesores, se han empezado a crear ya en otras escuelas y facultades de Derecho de todo el país, comisiones especializadas para el estudio del Derecho Familiar, teniendo entre otros propósitos, el de impedir que por ignorancia se sigan aprobando iniciativas que denigran y atentan contra la familia.

Dr. Julian Güitron, alumno Juan velarde, alumno Ezequiel García y otros compañeros de 1er semestre.

Nota completa: http://www.oem.com.mx/oem/notas/n942532.htm

contacto: ezequiegarciah55210@gmail.com, stcorporativo@yahoo.com

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